El hombre es mahram para las hijas de la mujer con que consumó el matrimonio

Pregunta 3: Una mujer se casó con un hombre y luego se divorció de él. Más tarde, se casó con otro y tuvo hijas de él. ¿Se considera el ex-esposo como mahram mahram (parientes incasables) para sus hijas?


Respuesta 3: Se prohíbe al hombre casarse con las hijas de la mujer con que se ha consumado el matrimonio. Así, se considera mahram para todas las hijas de esta mujer, antes y después del matrimonio. Allah -Altísimo sea- dice: Se os prohíben vuestras madres hasta que dijo: y las hijastras que estén bajo vuestra protección, que sean hijas de mujeres que hayáis tenido y con las que hayáis llegado a cohabitar Y si no se ha consumado el matrimonio, entonces no se considera mahram para las hijas. Allah dice: si son de mujeres que habéis tenido con las que no habéis cohabitado, entonces no hay inconveniente ( Número del tomo 17; Página 347) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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