El dinero de los estudiantes discapacitados que estudian en el extranjero

Las alabanzas son únicamente para Allah, la paz y las bendiciones de Allah sean con el último Profeta: ( Número del tomo 8; Página 238) El Comité Permanente de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas examinó el mensaje dirigido a su Eminencia, el Gran Muftí, por su Eminencia, el Director General de la Dirección General de Asuntos de Misiones, del Ministerio de Enseñanza Superior con N˚ B/4/ 12452, a fecha del 24/6/1420 H.; transmitido a este Comité por la Secretaría General del Comité de Grandes Ulemas, con N˚ 3378, con fecha 26/6/1420 H. La pregunta era la siguiente:Queremos aclarar al Comité que el Ministerio de Enseñanza Superior se encarga de la dirección de los estudiantes discapacitados en algunos sanatorios fuera del Reino. Estos estudiantes reciben cuotas mensuales que se han acumulado en grandes importes con el paso de los años, llegando a sobrepasar el millón de riyales saudíes. Ya que algunas de estas sumas se invierten en bancos islámicos, se fueron acumulando sus ingresos anuales. Debido a que estos fondos se encuentran todavía en los bancos y ha pasado un año de hégira de tenencia desde que se ingresaron, se debe pagar azaque por ellos. Como dicho azaque en tal caso no puede ser devuelto al Ministerio, se ha sugerido gastarlo para ayudar a los hijos de padres saudíes residentes en esos países que no tienen recursos financieros, o transferirlo a asociaciones de caridad en el Reino para distribuirlo a los merecedores del azaque. Esperamos la opinión del Comité con respecto a las dos opiniones mencionadas anteriormente, o que nos informe si hay una tercera opinión preferible. ( Número del tomo 8; Página 239) A continuación, después de ponerse en contacto con el hospital para conseguir más detalles sobre la cuestión, su Eminencia, el director general de la Dirección General de Asuntos de Misiones, respondió con la siguiente carta, N˚ B/4/14213, a fecha 16/71420 H., cuyo tenor es como sigue: Como continuación de nuestro mensaje número 12452, con fecha del 24/6/1420 H., acerca de la opinión del Comité Permanente sobre el azaque debido del dinero de los estudiantes discapacitados que residen fuera del Reino, y debido a que el respetable Comité pidió más información sobre el asunto del representante del Ministerio, el Dr. Sulayman ibn ‘Abd al-Rahman al-‘Anqari, ex agregado cultural en la República Árabe de Egipto cuando se reunió con su Eminencia el Gran Muftí del Reino y sus Eminencias, los miembros del Comité Permanente el Martes, 10/07/1420 H., en la sede del Comité Permanente. Por lo tanto, es un placer para nosotros aclarar lo siguiente:1- Una cuota mensual se designa a cada estudiante discapacitado del presupuesto del Ministerio (para los gastos diarios), y se deposita en la cuenta bancaria a nombre del agregado cultural.2- Los fondos a los que se refiere aquí, sobre los cuales pasa un año de hégira de tenencia, pertenecen a las personas con retraso mental que no pueden proceder convenientemente con el dinero de esta asignación. Por otra parte, los responsables de muchos de ellos no quieren retirar estos fondos, y otros no se ponen en contacto con el agregado cultural.3- ( Número del tomo 8; Página 240)  El agregado cultural es la persona que recibe las cuotas mencionadas anteriormente y las deposita, a su nombre, en la cuenta bancaria a fin de satisfacer con ellas las necesidades de cada descapacitado en cuanto a la vestimenta y otras, e invertir el resto a favor de los mismos.Esperamos que esta información sea suficiente y que este respetable Comité nos dé su opinión.


Tras haber estudiado la cuestión, el Comité contestó que el tema abarca los siguientes casos: Primero, el discapacitado puede ser mayor de edad, de modo que puede ser informado sobre el valor del azaque que se debe al transcurrir un año de hégira de tenencia. El agregado cultural responsable de esta categoría debe reducir el valor del azaque de la cuenta de la persona discapacitada -después de pedir su permiso- y pagarlo en su nombre a los merecedores del azaque, es decir, los pobres, los necesitados, así como otras categorías de los merecedores del azaque.Segundo, el discapacitado puede ser menor de edad o retrasado ​​mentalmente, pero tiene un tutor, ya sea su padre o cualquier otra persona. En este caso, el tutor debe ser informado sobre el valor de su saldo y la cantidad del azaque que se debe pagar al transcurrir un año de hégira de tenencia. También, debe ser notificado de que el dinero del azaque se le enviaría para que se lo pague a los merecedores del azaque o que puede autorizar al agregado en este sentido.Tercero, el discapacitado puede ser menor de edad o retrasado ​​mentalmente, y no tiene tutor o que éste lo abandonó. En este caso, el agregado cultural es oficialmente responsable de sacar el azaque de la cuenta de la persona discapacitada y distribuirlo entre los pobres, los necesitados y otros de los merecedores del azaque. ( Número del tomo 8; Página 241) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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