El Azaque sobre la deuda eximida al deudor

Pregunta 5: Presté unos veinte mil riales a uno de mis parientes. Han pasado diez años y hasta ahora no los ha saldado. Teniendo en cuenta que su deuda fue originalmente treinta mil riales y le he eximido unos diez mil riales. ¿Debo pagar azaque sobre los veinte mil riales durante los últimos diez años? Si es así, ¿cuánto tengo que pagar?


Respuesta 5: Si la deuda mencionada es de un deudor solvente que confía que le devolverá el dinero, el azaque es debido sobre este dinero para cada año. Sin embargo, si el deudor es insolvente y no está seguro de obtener el dinero de él, entonces, no está obligado a pagar el azaque, a menos que obtenga el dinero, pasando un año de hégira de tenencia después de cobrarlo.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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