El Azaque debido en la donación concedida cuando hay intención de venderla

( Número del tomo 8; Página 112)  Pregunta: Tengo una parcela de tierra residencial, que es una donación real del gobernador (que Allah le salvaguarde). Ha estado en mi poder durante más de cinco años, y no sé si el azaque se debe en ella o no. Algunas personas afirman que sí, hay azaque debido en ella. Para descargar mi consciencia, me gustaría que su Eminencia me aconsejara al respecto, y contestar mi siguiente pregunta: ¿Debo pagar azaque en cada año de hégira de tenencia, o solamente cuando tengo la intención de venderla y cobrar su precio? Les pedimos, por favor, un veredicto al respecto. ¡Que Allah los recompense!


Respuesta: No hay azaque debido en esta parcela de tierra, si no tiene la intención de venderla y solamente quiere construirla, así como si está indeciso acerca de venderla o mantenerla. Sin embargo, si tienes la intención y decides venderla, tiene que pagar su azaque después del paso de un año de hégira de tenencia desde el momento de tener esa intención.Y el azaque se calcula basándose en el valor estimado de la tierra al final de cada año de hégira de tenencia.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


Relacionado: