Todo producto que se extrae del suelo terrestre y produce algún beneficio.
Todo producto que se extrae del suelo terrestre y produce algún beneficio.
Toda semilla que se conserva, como la cebada, el trigo, etc.
Todo fruto que se conserva, como el dátil, las pasas o la almendra.
Az-Zakat sobre cereales y frutos es obligatorio (Wayib), pues Al-lah dijo: {Pero pagad lo que corresponda por ellos [de Zaka] el día de la cosecha}[Corán 6:141] .
y el Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él, dijo: “Sobre los cultivos regados por lluvias, fuentes u otro modo natural se paga la décima parte de los mismos; y sobre los cultivos que se riegan artificialmente el cinco por ciento” [Lo citó Al Bujari].
Si no se conservan, como que sean por ejemplo el alimento diario, entonces no se paga Az-Zakat sobre ellos, pues no adquieren carácter de bien monetario, y no se los puede contar como propiedad.
Es decir, que se puedan medir con medidas de peso o de capacidad para áridos, como ser el wasq árabe o el kilo actual. La prueba de ello es que el Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él, dijo: “El Az-Zaka se impone sobre granos o frutos sólo cuando estos alcanzan cinco wasq [El wasq es una medida de volumen árabe que equivale a sesenta sa’, cada sa’ equivale a 2,04 kilos de grano aproximadamente]” [Lo citó Muslim].
Si no se miden por medidas de peso o capacidad, como algunas verduras y hortalizas, por ejemplo, pues no pagan Az-Zakat.
Lo que produce frutos o granos de forma espontánea y natural no paga Az-Zakat.
El Nisab de estos productos es cinco wasq, porque el Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él, dijo: “El Az-Zaka se impone sobre granos o frutos sólo cuando estos alcanzan cinco wasq” [Lo citó Muslim]. Esto equivale a 612 kilogramos.
Para alcanzar este Nisab se suman las distintas variedades de un mismo tipo de fruto o cereal producidos en una misma
temporada. Así, por ejemplo, se suman y agregan las diferentes variedades de dátil o trigo producidos en la misma temporada, pero no se puede agregar o sumar la producción de diferentes granos o frutos de la misma temporada, como agregar la cosecha de trigo a la de cebada o la de cebada a la de dátiles.
El Az-Zakat en los granos se hace obligatorio cuando estos endurecen, y en los frutos cuando se hace evidente su madurez cuando se los puede comer. Si alguien vende su fruta o su grano después de este momento,entonces el Az-Zakat de estos será por cuenta suya y no del comprador, porque él era el dueño en el momento de la obligatoriedad.
1-Se debe pagar el 10 por ciento % del total por los cultivos que se regaron naturalmente por lluvia o fuentes, por ejemplo, sin que medie esfuerzo humano.
2-Se debe pagar sólo el 5 por ciento % por los cultivos regados con esfuerzo humano, por ejemplo, con pozos artificiales o acequias.
3-Se debe pagar el 7.5 por ciento % por los cultivos que se regaron de ambas maneras a la vez.
La prueba de esto son las palabras del Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él: “Por lo que han regado las lluvias, los ríos o las fuentes, se paga el diez por ciento; y por lo que se ha regado con esfuerzo humano, el cinco por ciento” [Lo citó Muslim].
1-La miel no paga Az-Zakat, pues no hay sustento en la Sunna que así lo indique. Lo único que se sabe es que ‘Omar hizo custodiar los panales de abejas y que cobraba un diezmo sobre su producto. Así es que no hay prueba alguna de su obligatoriedad; pero si la persona desea, lo puede pagar voluntariamente, y esto tal vez sea motivo para el aumento de la miel en sus panales.
2-Quien alquila una tierra para sembrarla, debe pagar el Az-Zakat por su cosecha, pues el Az-Zakat de la tierra recae sobre el que la está alquilando y sembrando, no sobre el propietario.
3-Pagar el Az-Zakat en dinero efectivo y no en especie no va contra la Shari’a. La Shari’a lo aprueba si es necesario o conveniente.
Son los elementos que se extraen de la tierra y no son de su misma composición, como el oro, la plata, el hierro, las piedras preciosas o el plomo, y cualquier otro mineral que se extrae del suelo.
Son cantidades de bienes valiosos enterrados por el hombre, como ser el oro o la plata.
Es obligatorio porque Al-lah dijo: {¡Oh, creyentes! Dad en caridad parte de lo que hayáis ganado y de lo que os hemos hecho brotar de la tierra} [Corán 2:267] ; y las palabras del Profeta, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él: “Y de los tesoros enterrados (den) la quinta parte” [Muttafaq ‘alaih].
No hay requisito alguno para el pago del Az-Zakat sobre los tesoros ocultos; así es que tras que los posea la persona debe pagar su Az-Zaka.
No hay requisito alguno para el pago del Az-Zakat sobre los tesoros ocultos; así es que tras que los posea la persona debe pagar su Az-Zakat.
Medida del Az-Zakat que se debe pagar por los frutos y granos es la quinta parte, por lo general del hadiz: “Y de los tesoros enterrados (den) la quinta parte” [Muttafaq ‘alaih].