Az-Zakat de lo que produce el suelo

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Definición de Productos del suelo

Productos del suelo

Todo producto que se extrae del suelo terrestre y produce algún beneficio.

Primero: frutos y cereales

Definición de rutos y cereales

Cereales

Toda semilla que se conserva, como la cebada, el trigo, etc.

Frutos

Todo fruto que se conserva, como el dátil, las pasas o la almendra.

Estatus legal de Az-Zakat sobre cereales y frutos

Az-Zakat sobre cereales y frutos es obligatorio (Wayib), pues Al-lah dijo: {Pero pagad lo que corresponda por ellos [de Zaka] el día de la cosecha}[Corán 6:141] .

y el Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él, dijo: “Sobre los cultivos regados por lluvias, fuentes u otro modo natural se paga la décima parte de los mismos; y sobre los cultivos que se riegan artificialmente el cinco por ciento” [Lo citó Al Bujari].

Requisitos para la obligatoriedad del Az-Zakat sobre frutos y cereales

1. Que se conserven:

Si no se conservan, como que sean por ejemplo el alimento diario, entonces no se paga Az-Zakat sobre ellos, pues no adquieren carácter de bien monetario, y no se los puede contar como propiedad.

2. Que se puedan ponderar:

Es decir, que se puedan medir con medidas de peso o de capacidad para áridos, como ser el wasq árabe o el kilo actual. La prueba de ello es que el Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él, dijo: “El Az-Zaka se impone sobre granos o frutos sólo cuando estos alcanzan cinco wasq [El wasq es una medida de volumen árabe que equivale a sesenta sa’, cada sa’ equivale a 2,04 kilos de grano aproximadamente]” [Lo citó Muslim].

Si no se miden por medidas de peso o capacidad, como algunas verduras y hortalizas, por ejemplo, pues no pagan Az-Zakat.

3. Que sean cultivados por los seres humanos:

Lo que produce frutos o granos de forma espontánea y natural no paga Az-Zakat.

4. El Nisab:

El Nisab de estos productos es cinco wasq, porque el Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él, dijo: “El Az-Zaka se impone sobre granos o frutos sólo cuando estos alcanzan cinco wasq” [Lo citó Muslim]. Esto equivale a 612 kilogramos.

Para alcanzar este Nisab se suman las distintas variedades de un mismo tipo de fruto o cereal producidos en una misma

temporada. Así, por ejemplo, se suman y agregan las diferentes variedades de dátil o trigo producidos en la misma temporada, pero no se puede agregar o sumar la producción de diferentes granos o frutos de la misma temporada, como agregar la cosecha de trigo a la de cebada o la de cebada a la de dátiles.

No es requisito
No es requisito que pase un hawl para pagar el Az-Zakat de los cultivos y frutos, pues Al-lah dijo: {Pero pagad lo que corresponda por ellos [de Zaka] el día de la cosecha} [Corán 6:141]

Momento de pagar obligatoriamente el Az-Zaka de frutos y granos

El Az-Zakat en los granos se hace obligatorio cuando estos endurecen, y en los frutos cuando se hace evidente su madurez cuando se los puede comer. Si alguien vende su fruta o su grano después de este momento,entonces el Az-Zakat de estos será por cuenta suya y no del comprador, porque él era el dueño en el momento de la obligatoriedad.

Medida del Az-Zakat que se debe pagar por los frutos y granos

1-Se debe pagar el 10 por ciento % del total por los cultivos que se regaron naturalmente por lluvia o fuentes, por ejemplo, sin que medie esfuerzo humano.

2-Se debe pagar sólo el 5 por ciento % por los cultivos regados con esfuerzo humano, por ejemplo, con pozos artificiales o acequias.

3-Se debe pagar el 7.5 por ciento % por los cultivos que se regaron de ambas maneras a la vez.

La prueba de esto son las palabras del Profeta, la paz y las bendiciones de Allah sean con él: “Por lo que han regado las lluvias, los ríos o las fuentes, se paga el diez por ciento; y por lo que se ha regado con esfuerzo humano, el cinco por ciento” [Lo citó Muslim].

Los frutos y granos podridos
Si los granos o frutos se pudren o dañan sin que haya negligencia o intencionalidad de parte del dueño,entonces no tiene que pagar su Az-Zakat por ellos. Pero si el daño se dio por intencionalidad o negligencia de su parte, deberá pagar su Az-Zakat por ellos.
Casos

1-La miel no paga Az-Zakat, pues no hay sustento en la Sunna que así lo indique. Lo único que se sabe es que ‘Omar hizo custodiar los panales de abejas y que cobraba un diezmo sobre su producto. Así es que no hay prueba alguna de su obligatoriedad; pero si la persona desea, lo puede pagar voluntariamente, y esto tal vez sea motivo para el aumento de la miel en sus panales.

2-Quien alquila una tierra para sembrarla, debe pagar el Az-Zakat por su cosecha, pues el Az-Zakat de la tierra recae sobre el que la está alquilando y sembrando, no sobre el propietario.

3-Pagar el Az-Zakat en dinero efectivo y no en especie no va contra la Shari’a. La Shari’a lo aprueba si es necesario o conveniente.

Segundo: Los minerales y los tesoros enterrados

Concepto de os minerales y los tesoros enterrados

El mineral

Son los elementos que se extraen de la tierra y no son de su misma composición, como el oro, la plata, el hierro, las piedras preciosas o el plomo, y cualquier otro mineral que se extrae del suelo.

Tesoros enterrados

Son cantidades de bienes valiosos enterrados por el hombre, como ser el oro o la plata.

Estatus del Az-Zakat sobre minerales y tesoros enterrados

Es obligatorio porque Al-lah dijo: {¡Oh, creyentes! Dad en caridad parte de lo que hayáis ganado y de lo que os hemos hecho brotar de la tierra} [Corán 2:267] ; y las palabras del Profeta, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él: “Y de los tesoros enterrados (den) la quinta parte” [Muttafaq ‘alaih].

No hay requisito alguno para el pago del Az-Zakat sobre los tesoros ocultos; así es que tras que los posea la persona debe pagar su Az-Zaka.

Requisitos del Az-Zakat sobre los tesoros enterrados

No hay requisito alguno para el pago del Az-Zakat sobre los tesoros ocultos; así es que tras que los posea la persona debe pagar su Az-Zakat.

La proporción del Az- Zakat obligatorio sobre los minerales y los tesoros ocultos

Medida del Az-Zakat que se debe pagar por los frutos y granos es la quinta parte, por lo general del hadiz: “Y de los tesoros enterrados (den) la quinta parte” [Muttafaq ‘alaih].

el oro
la plata
el plomo
el hierro


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