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Número del tomo 13;
Página 339)
Pregunta 1: He comprado forraje a plazos de una compañia. He pagado una parte del precio y el resto debe ser pagado a plazos en tiempos determinados. Sin embargo, los responsables de la compaìa, han estipulado en el contrato que si retraso el pago, van a aumentarle el 5%. Entonces, ¿acaso este aumento se considera usura? Tomando en consideración que ellos llaman esta cantidad adicional: "aumento en caso de retrasar el pago".
Respuesta 1: Esa condición es nula; ya que consiste en la usura que se practicaba en el período pre-islámico. De modo que cada vez que se retrase el pago, aumenta la deuda. Por ende, esta venta es nula desde el principio y se debe evitar, Allah dice:
Sin embargo Allah ha hecho lícito el comercio y ha prohibido la usura
Y esta es una forma de usura.
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!