Pregunta 1: ¿Cuál es el veredicto legal acerca de dejar entrar al no musulmán a la mezquita o al oratorio de los musulmanes; sea para asistir a la oración o para escuchar una conferencia?
Respuesta 1: Anteriormente hemos emitido al respecto la fatwa N˚2922cuyo tenor es: Está prohibido a los musulmanes facilitar a cualquier incrédulo entrar a la
Mezquita Sagrada
ni a sus alrededores de todo lo que pertenece a la zona inviolable de la Meca, porque Allah dice:
¡Vosotros que creéis! Es cierto que los asociadores son impuros; que no se acerquen a la Mezquita Inviolable a partir de este año en el que están
Y respecto al resto de las mezquitas, algunos alfaquíes dijeron que está permitido, debido a que no hay una evidencia que indica su prohibición. (
Número del tomo 2;
Página 117) Otros dijeron que no está permitido aplicándoles el mismo veredicto
de la Mezquita Sagrada.
Y lo correcto sería: está permitido a que acuden a las mezquitas en caso de que haya algún interés legal o una necesidad; como escuchar algo que pueda animarle a abrazar el Islam o la necesidad, por ejemplo, de beber agua.