¿Cuándo está permitido declarar a una persona como incrédula?
Pregunta 2: ¿Cuándo está permitido llamar a una persona como incrédula? ¿Qué tipo de incredulidad mencionado en el Dicho de Allah -Enaltecido sea-:
Aquel que no juzgue según lo que Allah ha hecho descender... Esos son los incrédulos
Respuesta 2: En cuanto a su primera pregunta, creemos que sería conveniente que nos aclare los asuntos sobre los cuales tiene duda para que le podamos explicar su veredicto legal.En lo que atañe al tipo de incredulidad mencionado en la aleya:
Aquel que no juzgue según lo que Allah ha hecho descender... Esos son los incrédulos
es una incredulidad mayor. Dijo
Al-Qurtubi
en su exégesis que
Ibn ‘Abbas
-que Allah esté complacido con él- y
Mugahid
-que Allah le dé su perdón- habían dicho: (Aquel que no juzgue según lo que Allah ha hecho descender rechazando el Corán y negando la Sunna del Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- es incrédulo). (
Número del tomo 2;
Página 142) No obstante, aquel que no juzgue según lo que Allah ha hecho descender reconociendo su desobediencia a Allah y que lo que le incitó a hacerlo eran los sobornos, su enemistad hacia el condenado, su amistad con el demandante, etc., no comete una incredulidad mayor. Mejor dicho, es un desobediente que comete incredulidad, injusticia y depravación menores.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad,su familia y sus compañeros!