Cuando la deuda alcanza Al-Nisab y pasa un año lunar, ¿se paga el azaque por el acreedor o el endeudado?
Pregunta 1: He oído que el azaque se debe en las deudas después del paso de un año de hégira de tenencia y cuando el dinero que se debe alcanza al-nisab (la cantidad mínima en la que el azaque es debido), y tanto el deudor y el acreedor deben pagarlo. Si esto es correcto, entonces ¿cuál es la evidencia sobre ello?
Respuesta 1: Es obligatorio para el musulmán, si bien es un deudor o un acreedor, pagar el azaque debido sobre su dinero y propiedades cuando alcanzan al-nisab y pasa un año de hégira de tenencia, independientemente de tener el dinero en mano o como deudas debidas a otras personas, a menos que la persona endeudada esté en estrechez económica o sea moroso y el acreedor no sabe si va a recuperar su dinero o no. En este caso, al acreedor se le permite retrasar el pago del azaque debido sobre el dinero hasta que lo consiga por parte del deudor. Sin embargo, tan pronto como reciba el dinero, debe pagar el azaque debido solamente si ya ha pasado un año de hégira de tenencia, pero por un solo año según la opinión más preponderante de los ulemas; ya que antes de recibir este dinero, no puede beneficiarse de ello y, por lo tanto, no hay azaque debido. La prueba sobre esto, es la aleya siguiente:
entregad el azaque
También, el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo:
No se debe pagar el azaque de una riqueza hasta que transcurra (teniéndola) un año.
¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!