Cuando el aborto sucede después del cuarto mes de embarazo

( Número del tomo 7; Página 238) Pregunta 2: Cuando una mujer tuvo un aborto en su cuarto o quinto mes de embarazo y no enterró al feto abortado, ¿cuál es el veredicto legal aplicable al respecto?


Respuesta 2: Si el feto fue abortado después de cuatro meses de embarazo o más, debe ser lavado, amortajado, hacer la oración fúnebre por él y enterrarlo, porque ya le ha sido insuflada el alma, de conformidad con el Hadîz narrado por Al-Mughira ibn Shu‘ba -que Allah esté complacido con él- , según el cual el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo: Se debe hacer la oración funeraria por el feto abortado Recopilado por Abu Dawud y Al-Tirmidhi. La negligencia en cumplir esto es un pecado que requiere el arrepentimiento ante Allah.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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