Contratar a los labradores y sacar el provecho de su trabajo por cuenta ajena

Pregunta 8: Soy contratista. Cuando me encargan de construir un edificio, cobro, por ejemplo, cien mil riyales (100.000). De estos 100.000 riyales pago los salarios de los trabajadores, que no superan los 20 mil riyales y considero los ochenta mil riyales como puras rentas mías. Pero hay que tomar en consideración que al contratar con esos labradores, en su país, nos hemos acordado que yo les traigo bajo mi garantía a cambio de sacar provecho de su empleo por mi cuenta y ellos están satisfechos con tal acuerdo desde el principio. ¿Está esto permitido?


( Número del tomo 14; Página 377)  Respuesta 8: Si usted asume el cargo de construir un edificio a cambio de cien mil riyales, y ha conseguido encargar la construcción a unos trabajadores que aceptan el cargo a cambio de veinte mil riyales, y usted se lleva el resto del valor, o sea los ochenta mil riyales, no hay pecado en esto.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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