Contratar a criadas y amas de llaves no musulmanas

Pregunta: Soy dueño de una oficina de servicios. Traigo criadas y amas de llaves musulmanas y no musulmanas, según lo solicitado por el garante. Mi papel consiste en ser el intermediario entre el garante y los propietarios de oficinas en el extranjero a cambio de una suma de dinero. Muchas trabajadoras vienen sin un mahram (pariente incasable), y son recibidas por su garante en el aeropuerto, y no hago más que comunicárselo al garante. ¿Cuál es el veredicto legal sobre mi trabajo? ¡Qué Allah les conceda la mejor recompensa!


Respuesta: La contratación de los infieles y su traslado a la Península Arábiga, y la introducción ( Número del tomo 14; Página 387) de las mujeres musulmanas o de las no musulmanas sin mahram, está prohibida, debido al daño que eso supondrá a los musulmanes y por las amenazas que esos reclutados representan contra toda la comunidad. Por ello, no está permitido contratar ni traer a esas trabajadoras. Además, las ganancias que se obtengan de emplearlas son ilícitas. Usted tiene que arrepentirse ante Allah y dejar este trabajo para buscar otro mejor, en conformidad con la siguiente aleya: Y quien teme a Allah, Él le da una salida(2)Y le provee desde donde no lo espera. Quien se abandone en Allah, Él le bastará ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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