Contratar a alguien en el testamento para recitar el Corán en su nombre después de su muerte

Pregunta: Escuché a algunos alumnos de ciencias religiosas en la Gran Mezquita de Medina decir que no está permitido contratar a alguien para leer el Corán en el nombre de un muerto. Como este acto es muy común en nuestro país y en otros países, espero de ustedes dar una fatwa con evidencias al respecto, y aclarar lo que se debe hacer con los legados dedicados para pagar estos gastos.


Respuesta: Contratar a alguien para leer el Corán en el nombre del muerto para cumplirse con su legado es una bid‘ah (innovación en la religión). Esto no está permitido y no se debe cumplirse con esa condición, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo: Quien innove algo en nuestra Religión que no sea de ella, le será rechazado Y dijo en otro hadith: Quien innove algo en nuestra religión que no sea de ella, será rechazado En cuanto al dinero dedicado para contratar a alguien para leer el Corán en el nombre del muerto, debe ser gastado en las obras de bien. Si tiene parientes pobres, por ejemplo, se les da una cantidad de dinero de modo que les cubra sus necesidades primarias. También se puede pagar dinero a quien necesite ayuda de los estudiantes del Corán o de los alumnos de ciencias religiosas, que son merecedores de recibir ayudas. Así, el dinero debe ser gastado en distintos actos de caridad. ( Número del tomo 16; Página 336) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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