Alabado sea Allah, la paz y las bendiciones sean con el Mensajero de Allah, su Familia y sus Compañeros; los miembros del Comité Permanente de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas han leído la pregunta N° 2100, del Ministro de la Peregrinación mayor y de Habices, dirigida al Jefe en 5/11/1402 H, cuyo tenor es como sigue: El ciudadano
‘Abdullah Salih
menciona en su mensaje a nosotros en 20/04/1402 que la mezquita de Al-Ija', que está en
la ciudad de Jeddah,
en el sur de los locales comerciales de
Bin Laden,
tiene una casa encima de la mezquita, donde su familia habita; y él cree que no está permitido que viva encima de la mezquita. ¿Cuál sería el veredicto legal en este caso?
Y contestó por lo siguiente:La mezquita que se construye en un edificio independiente; el techo y todo lo que está encima de ello tiene el mismo juicio legal; por consiguiente, no está permitido edificar casa encima de ello. Pero, si la mezquita es una edificación nueva añadida a la casa, como reformar el piso inferior de una casa de muchos pisos, y lo hace mezquita; en este caso está permitido dejar los otros pisos como casas, porque son así antes de la construcción de la mezquita. Porque, en este caso, la parte superior no depende de la mezquita. (
Número del tomo 6;
Página 248) ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro Profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!