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Número del tomo 15;
Página 257)
Pregunta: Soy hombre de negocios y quería comprar unos camiones de una compañía; puesto que éstos son importantes en nuestro trabajo y estamos obligados a comprarlos. La compañía aceptó vendernos los camiones, a condición de hacer un contrato de seguro para cada camión. Les pedimos que nos vendiesen los camiones con exceso de precio a condición de que no tuviésemos ninguna relación con el seguro, y que se encargasen de todos los trámites. Aceptaron nuestra petición, pero después de un tiempo me pidieron una fatwa de su Eminencia respecto al caso.
Respuesta: Primero, no está permitido que usted compre un coche a condición de que sea asegurado; puesto que el seguro se considera contrato de venta arriesgada, e incluye incertidumbre, ignorancia y usura en sus dos tipos, la de al-nasi’ah (involucra el intercambio de usura del mismo o diferentes productos con un retraso de pago) y la de al-fadl (intereses en venta. Involucra el intercambio de cantidades o medidas diferentes del mismo producto).Segundo: Está permitido que usted compre el camión aunque sea con precio más alto que el del camión asegurado, pero sin hacer ningún contrato de seguro por lo que hemos mencionado antes.
¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!