Comprar oro de un mayorista y pagar su valor a plazos
Pregunta:
(
Número del tomo 13;
Página 468) Soy uno de los comerciantes de las joyas del oro, compro y vendo. Compramos las joyas de oro de los importadores al por mayor, y les pagamos el valor a plazos. ¿Acaso esta manera que todos los comerciantes en este campo, incluso yo, utilizan es licita o ilícita? Aclárennos las pruebas de la shari'ah (Ley Islámica) al respecto.
Respuesta: Si tal es el caso, que vende y compra las joyas de oro; esta manera mencionada está prohibida, en el caso de que el precio de las joyas se pague a plazos por el oro, la plata o los papeles moneda, porque esto incluye riba al-nasi'ah (involucra el intercambio de usura del mismo o diferentes productos con un retraso de pago). Respecto a la transacción mencionada, podría reunirse riba al-fadl (Intereses en venta. Involucra el intercambio de cantidades o medidas diferentes del mismo producto) y riba al-nasi'ah si el artículo y el precio es del mismo género; por ejemplo si los dos son de oro; pero son diferentes en el peso, y se paga el precio a plazos.
¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!