Casarse con las primas paternas y maternas

Pregunta: ¿Está permitido a otro que el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- casarse con una de las primas, es decir, las hijas de un tío paterno o materno o de una tía paterna o materna, según las reglas coránicas?


Respuesta: La shari'ah (Ley Islámica) se caracteriza por ser tolerante, completa y patente. Esta shari'ah adopta un método moderado entre dos extremos; no prohíbe que un musulmán que se case con las hijas de su tío paterno o materno, ni permite que se case con su hermana o su sobrina. Allah -Exaltado sea- dice: ¡Profeta! Te hacemos lícitas tus esposas, a las que diste sus correspondientes dotes, y las que tu diestra posea entre las que Allah te haya dado como botín; y las hijas de tus tíos maternos y las de tus tías maternas que hayan emigrado contigo ( Número del tomo 18; Página 227) A pesar de que la aleya se dirige al Profeta, sin embargo, la Ummah (Nación Islámica)está incluida en la misma. La regla general consiste en que cualquier instrucción dirigida al Profeta, es también dirigida a su Ummah, a menos que no haya pruebas circunstanciales que lo haga particular a él. Un ejemplo de ello es el caso de la mujer que se ofreció a sí misma al Profeta como esposa, como se indica en la parte final de la aleya anterior: Esto es exclusivo para ti, no para los creyentes ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!



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