Pregunta 1: ¿Cuál es el juicio acerca de ayunar el último día de Sha‘ban si los ulemas del país aún no han confirmado la visión del novilunio de Ramadán, pero más tarde se descubrió que era realmente el primer día de Ramadán? Esto pasó en el
Reino de Arabia Saudita
en el año 1404 de la Hégira, cuando algunas personas lo ayunaron por ver la luna nueva del mes de Ramadán o informados mediante unos testigos fiables; y tenían razón en su ayuno como se confirmó más tarde, aplicando la regla de ayunar y romper el ayuno por ver el novilunio. Algunos shayjs dieron una fatwa acerca de la invalidez del ayuno de quien no vio el novilunio por contradecir la mayoría de los musulmanes, incluso si estaban equivocados. También confirmaron que los ulemas musulmanes de cada país son los únicos que confirman la salida del novilunio. Y no sería válido ayunar según una fatwa emitida por los ulemas de otro país, y que éstos que ayunaron tenían que reponer este día.
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Número del tomo 10;
Página 120) Respuesta 1: Quien vio la luna nueva del mes de Ramadán en la noche treinta de Sha‘ban o fue informado sobre ello por algún testigo fiable y por consiguiente lo ayunó, su ayuno sería válido y no tenía que reponerlo. Sin embargo, quien lo ayunó sin ver la luna nueva o sin ser informado sobre ello por algún testigo fiable y más tarde se descubrió que fue el primer día de Ramadán, entonces su ayuno no es válido y tenía que reponerlo y arrepentirse a Allah de ayunar el día de la duda. Ya que los Hadices auténticos transmitidos del Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- indican la prohibición de ayunar el día de la duda.¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!