Autorizar al hospital para realizar los procedimientos necesarios del lavado, amortajamiento, oración fúnebre y entierro

Pregunta: Le doy a conocer a su Excelencia que mi esposa sufría mucho durante su embarazo y en el quinto mes tuvo un aborto natural. Esto pasó hace unos cinco o seis años en el hospital militar de la ciudad de Riad. Tuvo dos abortos naturales en el mismo hospital militar de la ciudad de Riad, el primero en el quinto mes y el segundo en el cuarto mes. Mi pregunta es: cuando mi mujer abortó, el hospital contaba con un servicio que se ocupaba del entierro de los fetos abortados en el hospital. Los médicos me preguntaron al poner el feto en un frasco de vidrio: "¿Quieres llevártelo o prefieres firmarnos este documento para que el hospital se encargue de su entierro?". Entonces, les firmé el documento para que tomasen todas las medidas necesarias para enterrarlo según la manera islámica. ¿Es correcto lo que hice o no? Después de todo esto, todavía no he dado nombre a ese feto abortado; ¿Se le puede dar nombre una vez que han pasado ya casi seis años? Le pido que me responda, y que Allah le recompense con el bien. ¿Cometí algún pecado en este asunto?


Respuesta: No hay ningún inconveniente en el hecho de autorizar al hospital el cumplimiento de los procedimientos necesarios relacionados con el lavado, amortajamiento, oración fúnebre, y entierro. Es recomendable ofrecer un animal en sacrificio y dar un nombre al abortado, incluso después del transcurso del período mencionado en la pregunta, ya sea varón o hembra. Que Allah le haga un intercesor para usted, acepte su intercesión y le conceda a otro (niño) mejor que él. ( Número del tomo 7; Página 237) ¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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