Atribuir el niño a su madre

Pregunta 2: En nuestro pueblo algunos ancianos atribuyen el niño a su madre, no a su padre, ¿cuál es el veredicto legal sobre este tema?


( Número del tomo 20; Página 367) Respuesta 2: Es obligatorio que se atribuya el niño a su padre, no estando permitido atribuírselo a su madre; porque Allah -Exaltado sea- dice: Es más justo ante Allah que (a vuestros hijos adoptivos) los llaméis con los nombres de sus padres En caso de no conocer a su padre, se debe llamarlo con nombre apropiado, como 'Abdullah, 'Abd Al-Rahman u otro nombre similar. ¡Que Allah nos conceda el éxito! ¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


Relacionado: