A quien trabaja en una empresa y conoce sus secretos ¿le está permitido comprar sus acciones, sobre todo, si sabe cómo aumentarán?

Pregunta: Puede ocurrir que una persona reciba información sobre la empresa en la que él o uno de sus parientes trabajan, como por ejemplo, el jefe, un miembro de la ejecutiva, el director general, el gerente financiero, el secretario o el funcionario que tiene derecho a acceder a información interna de la empresa antes que el público. ¡Eminencia! sabe que los ingresos de los empleados, en todo caso, son limitados y el noventa por ciento de las riquezas se ganan de la compraventa. Tomando en consideración que todas las autoridades en las empresas están al corriente de las cotizaciones de las acciones en el mercado y realizan compraventa buscando asegurarse un futuro para ellos y para sus hijos, si se supone que se enteran de información antes de ser anunciada, como por ejemplo que las ganancias de este año serán multiplicadas con respecto al año anterior; de las pérdidas de la mayor parte del capital de este año; que una empresa ganó un pleito por cientos de millones, por lo que aumentó el neto de las ganancias de la empresa y la cotización de sus acciones en el mercado, etcétera. Si este funcionario hace compraventa en el mercado de las acciones, sacando beneficio de la información que obtuvo, por su posición en la empresa, por su socio o por otro que se le proporcionara, ya fuera por ser su pariente o por tener con él relaciones comerciales ¿sería eso lícito? Si es ilícito y una persona muy experta en este campo que tiene socios y colaboradores, ha obtenido una considerable riqueza a partir de estos hechos ¿qué debe hacer con este dinero, teniendo en cuenta que lo hacía por ignorancia? Porque algunos ven que es lícito, ya que realiza esfuerzos para obtener esta información y otros lo prohiben porque lo comparan con la "compra del extraño" (encontrar a los vendedores antes de que lleguen al mercado para comprar lo que tienen) y lo consideran ilícito, por lo que se debe purificar de sus ganancias. A saber, que las leyes de los países extranjeros reprochan este tipo de tratos pues lo consideran un gran crimen que lleva a quien lo realiza a los tribunales constitucionales, con un castigo que puede llegar a la pena perpetua por ser un crimen contra la sociedad, aparte de ser una estafa y un delito aparentes, así como una razón que destruye el mercado y la economía nacional. ¿Cuál es el veredicto al respecto? ¡Que Allah les guarde y proteja!


Respuesta: Primero, si las acciones de las que se quiere ganar la renta son fijas, como las de las fábricas cuyos productos se venden; como por ejemplo, las de las fábricas de cemento, las compañías eléctricas, las de transporte, de agricultura, entre otras de las semejantes donde el capital del socio no se le devuelve, sino las rentas de sus acciones, entonces este tipo de acciones es lícito. En caso de que no sean fijas, ( Número del tomo 11; Página 124)  como las acciones de las compañías de especulación comercial, en los que al socio se le devuelve el capital con sus propias ganancias al terminar la compañía y puede ser que pierda su capital o una parte, entonces realizar compraventa en este tipo de acciones está prohibido, porque se trata de la venta de algo desconocido que implica riesgos, así como la venta de dinero por dinero no presente y esto se considera riba al-nasi'ah (involucra el intercambio de usura del mismo o diferentes productos con un retraso de pago) o riba al-fadl (Intereses en venta. Involucra el intercambio de cantidades o medidas diferentes del mismo producto), estando ambos tipos (de usura y el de la venta de un desconocido) prohibidos.Segundo, si la empresa impide a sus funcionarios comprar acciones y conocer sus secretos, entonces no es lícito para los funcionarios violar las reglas, porque el Profeta -la paz y las bendiciones de Allah sean con él- dijo: Los musulmanes están obligados a respetar sus compromisos (según las condiciones que han establecido), salvo los que legalizan lo ilícito y los que prohíben lo lícito. Como esta condicón es beneficiosa para la empresa, es correcta.Tercero, lo que usted ganó mediante este trato está prohibido y debe gastarlo en proyectos caritativos públicos o dárselo a los necesitados y menesterosos con la intención de gastarlo y no como limosna, arrepentiéndose a Allah, con la intención de no volverlo a hacer de nuevo.¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!


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